Condenaron a 10 años de cárcel a hombre por femicidio frustrado cometido en Calbuco

El hecho ocurrió en el mes de agosto de 2022 cuando el imputado apuñaló y dejó en riesgo vital a la víctima. El fiscal destacó la aplicación de la Ley Antonia en este caso.

El fiscal Marcelo Maldonado de la Fiscalía de Calbuco, explicó que la sentencia condenatoria se obtuvo este miércoles 3 de abril de 2024, «respecto de un imputado a quien se le estaba acusando en el juicio oral de la comisión de dos hechos ilícitos, uno cometido respecto de su cónyuge durante el mes de marzo de 2022 y otro ocurrido respecto de su pareja posterior en agosto del mismo año», detalló.Respecto del primero de los hechos, Maldonado especificó que dice relación con acciones de maltrato habitual y dentro de ellas, a un hecho puntual de amenazas que se produjeron en el interior de un local comercial donde la víctima se encontraba compartiendo con algunas amigas.Dicha circunstancia culminó con una salida alternativa -suspensión condicional del procedimiento-. «Lo que importa de este primer hecho respecto de su cónyuge y con quien él además tiene hijos en común, es la aplicación de un artículo introducido por la denominada Ley Antonia que permite la introducción de la declaración escrita de la víctima cuando hay antecedentes de una retractación de ella», explicó el persecutor.En cuanto al segundo hecho y que ocurrió en el mes de agosto de 2022, el fiscal detalló que el imputado agredió físicamente a su nueva pareja en condiciones de ponerla en riesgo vital. «Ingresó contra la voluntad dela víctima hasta su domicilio y premunido de un arma blanca le generó diversos cortes en diferentes partes del cuerpo, principalmente uno de ellos a nivel abdominal que produjo que la víctima se mantuviera con riesgo vital y fuera necesario intervenirla en el Hospital Base de Puerto Montt, adonde fue trasladada directamente desde el sitio del suceso dado el riesgo que mantenía por sus lesiones», relató Maldonado.El Tribunal Oral en lo Penal de Puerto Montt sentenció al imputado a una pena de 10 años de presidio mayor en su grado máximo y dentro de esa misma dinámica también se le impusieron otras medidas accesorias.»En esta pena que el imputado va a tener que cumplir de manera efectiva durante todo el periodo de tiempo, al imputado se le ve disminuido de pedir beneficios penitenciarios sino una vez que cumpla esos diez años y dentro de esa misma situación el tribunal estableció que tras el cumplimiento de esa sanción, el sujeto deberá quedar sujeto a medidas de prohibición y restricción de acercarse a las víctimas», destacó el fiscal.Asimismo, Maldonado analizó que «estos dos delitos tenían mucho en común en el sentido de la perspectiva de género con la que finalmente se termina fallando. La mirada que los relaciona y los vincula tiene efectos de concatenación entre uno y otro que llevan a conclusiones similares en el sentido de establecer la participación del imputado».Finalmente, el persecutor indicó que como Fiscalía «valoramos mucho este fallo por los diferentes aspectos novedosos que este tiene, la introducción de modificaciones que fueron aplicadas en este caso y por otra también la mirada de perspectiva de género con la que se termina condenando y que el Tribunal Oral en lo Penal pudo aplicar y de una manera bastante lógica. A nuestro juicio se permitió -a través de ello- generar condiciones de condena y de justicia para cada una delas víctimas de estos hechos ilícitos», subrayó.

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